lunes, 5 de noviembre de 2012

HISTÓRIA DEL CONSTITUCIONALISMO EN CHILE.


 
La historia constitucional de Chile puede dividirse en tres períodos que se relacionan con las distintas etapas del desarrollo histórico-institucional del país. El primero se extiende entre 1811 a 1818, época que corresponde a la guerra por la independencia; el segundo, que se extiende desde 1818 a 1828, que corresponde a la fase de ensayos constitucionales que intentaban organizar la república naciente y, finalmente, el tercer período que corresponde a la era de los grandes textos constitucionales.

 Entre 1810-1814, Se dictaron tres reglamentos constitucionales, los que perseguían establecer las normas relativas a la organización del poder político; dada su limitada preceptiva no merecen la denominación de Constitución, a saber:
1811
Este cuerpo sanciona, el 14 de agosto, el primer ordenamiento constitucional de Chile, se denominó "Reglamento para el arreglo de la autoridad ejecutiva provisoria", que constó de diecinueve artículos, consagraba al Congreso como único depositario de la voluntad del reino y al Ejecutivo -una Junta de Gobierno-, como órgano encargado de llevar a efecto los acuerdos de los parlamentarios.

Este cuerpo normativo, no reconoce derecho subjetivo alguno, situación que sí se producirá en cuerpos constitucionales posteriores.

 1812
En el gobierno de José Miguel Carrera, se dictó el Segundo Reglamento Constitucional, denominado "Reglamento Constitucional Provisorio". Constó de veintisiete artículos. En este texto se reconoce aún la autoridad del Rey de España y se indica que una Junta de Gobierno integrada por tres personas gobierna a su nombre. Fue promulgado, por medio de un plebiscito. Es señalado por algunos historiadores como una declaración de independencia encubierta.

 1814
Se redactó un Tercer Reglamento Constitucional, que centraliza el poder político en un Director Supremo de facultades amplias. Constó de trece artículos. Contempla un Senado consultivo integrado por siete miembros elegidos por el Director Supremo.

 
Período de Ensayos Constitucionales.

 
Constitución o Carta Provisoria de 1818.

Gobernaba nuestro país Bernardo O’Higgins. Estableció la separación de, al menos, tres poderes del Estado: Poder Ejecutivo, Senado y Poder Judicial. El Poder Ejecutivo quedaba a cargo del Director Supremo, como un cargo de carácter vitalicio.

Esta Carta reglamentaba en su título 1º los derechos y deberes del hombre en sociedad, la libertad, igualdad y el derecho de propiedad. Consagraba principios sociales avanzados para la época: "El Gobierno tiene la obligación de aliviar la miseria de los desgraciados y proporcionarles los caminos de la felicidad y prosperidad". Desde el punto de vista político, se consagra expresamente el principio de la soberanía nacional y del régimen representativo.

 La Constitución de 1822.
Establece un Gobierno organizado sobre la base del régimen representativo, dividido en tres poderes independientes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

El Poder Ejecutivo, a cargo del Director Supremo, elegido por el Congreso en sesión plena por la mayoría de los dos tercios de sus miembros; duraba seis años en el mando, con facultad de ser reelegido por cuatro años más.
El Congreso estaba formado por la Cámara de Senadores y la de Diputados.

El Poder Judicial, residía en los Tribunales de Justicia, estructurados jerárquicamente y encargados en forma exclusiva de la potestad de aplicar sus leyes.
Recoge principios generales de Derecho Público. Hay un reconocimiento a las libertades individuales y se regula el tema de la nacionalidad y de la ciudadanía, materias desconocidas en nuestras cartas fundamentales.

 
La Constitución de 1823.

 Su autor fue don Juan Egaña y se dictó mientras gobernaba Ramón Freire. Sus disposiciones se refieren a diferentes aspectos de la organización y carácter del Estado: el Estado de Chile es unitario y la soberanía reside en la Nación; señala los límites del territorio nacional.
En sus dos primeros títulos, consagra principios básicos tales como el régimen representativo, la nacionalidad y la soberanía.

El rasgo más característico de este estatuto constitucional fue el intento de reglamentar la vida privada de las personas. Para ello se llevaría una rigurosa calificación de la moralidad, del civismo y de la religiosidad de los ciudadanos, a fin de formar con estos datos el gran registro del mérito cívico. En este sentido, el texto constitucional pretendió unificar la política y la moral en un mismo cuerpo legal, de ahí que se le conoce como "Constitución Moralista".

 
Las Leyes Federales de 1826.
En 1826, se dictaron las llamadas Leyes Federales, las que fueron redactadas por José Miguel Infante, mediante las cuales se trató de aplicar en nuestro país el sistema federal de Estados Unidos. Se crea el cargo de Presidente de la República, el que se entrega a un militar, el Teniente General don Manuel Blanco Encalada. Las leyes federales establecieron la división del país en ocho provincias: Coquimbo, Aconcagua, Santiago, Colchagua, Maule, Concepción, Valdivia y Chiloé.

 
Constitución de 1828.
La Constitución de 1828 fue redactada por José Joaquín de Mora y Melchor de Santiago Concha, fue promulgada en el gobierno de don Francisco Antonio Pinto, se le conoce como "Constitución Liberal. Establece que el Poder Ejecutivo queda en manos del Presidente de la República, elegido por votación directa por un período de cinco años sin reelección inmediata. Los ministros serían designados por el mismo, quien podría removerlos a voluntad. El poder legislativo residiría en las cámaras de senadores y diputados
Esta Constitución, representa una solución intermedia entre las tendencias liberales y federales. De la tendencia conservadora, sólo mantuvo el carácter privilegiado de la religión católica, como la única del Estado, con exclusión del ejercicio público de cualquier otra, aunque contempla cierta tolerancia por los demás cultos. Declara la abolición de los mayorazgos.

Esta carta legisla acerca de la Nación, de la nacionalidad y de la ciudadanía; consagra los derechos imprescindibles e inviolables del hombre y representa el paso más decisivo hacia la organización definitiva de la República.

 

Período Constitucional 1833 - 1980.

 Constitución de 1833.
La Constitución de 1833 rigió a Chile por casi un siglo. Fue promulgada bajo el poder de José Joaquín Prieto, contiene el pensamiento de Diego Portales. Consideraba las bases fundamentales de nuestro régimen institucional: soberanía nacional, régimen representativo, división de los poderes públicos, responsabilidad gubernamental, garantías individuales, un gobierno fuerte, centralizado. Se dijo que la soberanía reside en la Nación y la nación la delega en autoridades que establece la propia Constitución. Asimismo se estableció como religión oficial, la religión católica, apostólica y romana, con exclusión del ejercicio público de cualquier otra. Consagraba las garantías individuales de igualdad ante la ley, derecho de petición a las autoridades y libertad de imprenta. Disponía la existencia de voto censitario, limitando el ejercicio de la soberanía a los ciudadanos de altos ingresos. El poder ejecutivo quedó en manos del Presidente de la República, con un período presidencial de 5 años, pudiendo ser reelegido por el período siguiente; entre sus facultades se encontraba la de nombrar y remover a voluntad los ministros de su gabinete Se estableció un poder legislativo bicameral, con el poder de acusar y censurar a los ministros durante el ejercicio de sus cargos. El Poder Judicial, recayó en distintos tribunales de justicia, siendo el de mayor relevancia, el Tribunal Supremo de Justicia.

Presenta una naturaleza de carácter mixto, con rasgos constitucionales de orden presidencialista y de orden parlamentario.

 
Constitución de 1925.
La Constitución de 1925, fue promulgada bajo el gobierno de Arturo Alessandri Palma. Dio término a la República Parlamentaria y estableció el régimen presidencial de Gobierno con períodos de 6 años, sin reelección inmediata. Consagra la elección del presidente por votación directa; crea el tribunal calificador de elecciones, órgano encargado de calificar las elecciones con criterio estrictamente jurídico; determinó la libertad de culto y separó la Iglesia del Estado; define como principios fundamentales de la organización institucional la idea de Estado unitario, gobierno republicano y democrático-representativo.

En materia de garantías constitucionales, se incorporan débilmente los llamados "derechos sociales" como la protección al trabajo, previsión social y la salud pública; se aseguraban además, la igualdad ante la ley, la libertad de opinión y de imprenta, la libertad de enseñanza, de conciencia y de culto, el derecho de reunión y de asociación.

En lo fundamental, quedó establecido con plena precisión el sistema presidencialista.

 
Constitución de 1980.
La Constitución de 1980, Constitución Política de la República de Chile fue aprobada bajo el gobierno de Augusto Pinochet Ugarte, mediante Decreto Supremo Nº 1.150 de 1980.

Nace producto de un quiebre institucional, que culminó con un golpe de Estado el año 1973. A partir de ese año, a pocos días del pronunciamiento militar, y sobre bases y principios que iba definiendo la Junta Militar de Gobierno, se inicia el estudio del proyecto para una nueva Constitución, a cargo de una Comisión, la que comenzó a reunirse el 24 de Septiembre de 1973.
Comisión, en principio, integrada por los señores Sergio Diez Urzúa, Jaime Guzmán Errázuriz, Enrique Ortúzar Escobar y Jorge Ovalle Quiroz; actuó como secretario el señor Rafael Eyzaguirre E. Fue elegido Presidente de la misma, el señor Ortúzar.

Posteriormente, se incorporaron a ella los catedráticos don Enrique Evans de la Cuadra, Alejandro Silva Bascuñan y Gustavo Lorca Rojas.
El objetivo de esta Comisión era estudiar, elaborar y proponer un anteproyecto de la Nueva Constitución.

La Comisión de Estudios para una Nueva Constitución (CENC), se preocupó por consagrar normativamente un orden político de carácter liberal, dando preeminencia al individuo por sobre el estado. Por último, el proyecto sufrió modificaciones en manos de la Junta de Gobierno.

En el plebiscito de 1980 se votó la Constitución aludida, siendo aprobada, según los resultados oficiales, por más de un 65% de los votantes. Se promulgó el 21 de Octubre de 1980, y publicó el 24 de Octubre de ese mismo año para entrar en vigencia el 11 de Marzo de 1981.

Cuenta de catorce Capítulos, en los que se van desarrollando las instituciones más relevantes del Estado de Derecho Chileno.

Se consagra las Bases de la Institucionalidad, se regula la nacionalidad y la ciudadanía, las facultades de los tres poderes del Estado, como de otros órganos esenciales en el desarrollo institucional del país, como son, Contraloría General de la República y Tribunal Constitucional.
Se establece de manera específica lo que son las Garantías Constitucionales, protegidas mediante dos acciones: El recurso de Protección y el Recurso de Amparo.

La Constitución ha sufrido sucesivas reformas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario